22/07/2026

El Gobierno de España aprueba la prohibición de fumar en terrazas de bares, restaurantes y playas

También se prohíbe fumar a los menores

FUMAR A TERRASSES CORRECTE
22/07/2026

El Gobierno de España ha aprobado este martes un proyecto de ley que amplía los espacios sin humo y, por primera vez, veta el consumo -y no solo la venta- de tabaco a los menores. Si queda aprobado por el Congreso, quedará prohibido fumar o vapear en terrazas de bares, campus universitarios, piscinas o playas. También estará vetado en un perímetro de 15 metros alrededor de centros sanitarios, educativos y edificios públicos.

«Esta reforma persigue un objetivo muy claro: proteger mejor la salud pública y avanzar hacia una generación libre de tabaco», ha expresado la ministra de Sanidad, Mónica García, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, para recalcar que el tabaquismo provoca 50.000 muertes al año. “Calculamos que todas estas políticas no solamente nos van a traer un ahorro en enfermedades y salud, sino también un ahorro sanitario directo calculado entre 100 y 200 millones de euros al año. Recursos que se van a poder dedicar a atender a otras necesidades el sistema en lugar de tratar enfermedades que podemos evitar”, ha destacado.

Según había adelantado el Ejecutivo en septiembre del año pasado, cuando dio luz verde al Anteproyecto de Ley, entre los objetivos está adaptar la normativa a los cambios en los «patrones de consumo» y en el mercado de productos del tabaco y relacionados. Incorpora medidas destinadas a fortalecer la prevención, proteger a los colectivos más vulnerables -especialmente la población joven- y ofrecer mayor claridad jurídica frente a la proliferación de productos que hasta ahora no contaban con una regulación específica.

De esta manera, la reforma extiende a los cigarrillos electrónicos y a otros productos relacionados las mismas limitaciones de consumo que tiene ya el tabaco en los espacios donde esté prohibido fumar. Incluye dispositivos con y sin nicotina, productos a base de hierbas para fumar o las «shisha» y otros productos que imiten el acto de fumar o guarden relación con su consumo. Las bolsas de nicotina quedan fuera de esta equiparación en espacios sin humo, aunque sí se prohíbe su consumo por parte de personas menores.